En este artículo vas a poder encontrar toda la información que necesitas respecto a los trámites administrativos y los requisitos académicos que se exigen para poder presentarte al examen PIR.
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Requisitos académicos para presentarse al PIR
Titulación requerida
Para poder presentarse al PIR, es necesario contar con una titulación universitaria. Según las normativas actuales, se requiere poseer el Grado en Psicología.
Además el cómputo que se barema para el examen es un 10% la nota media del Grado y un 90% la nota media del examen.
Requisitos administrativos para presentarse al PIR
Trámites y documentación necesaria
Para poder presentarse al PIR, es necesario cumplir con una serie de trámites administrativos y presentar la documentación requerida. A continuación te explicamos con detenimiento todo lo que necesitas saber.
Requisitos para la presentación de solicitudes
Solicitud de Presentación
La solicitud se presenta a través del modelo 790 que se puede cumplimentar a través de la Sede electrónica del Ministerio de Sanidad https://sede.mscbs.gob.es/ciudadanos/procAdministrativos.do?tipo=detallar&cod=2897569.
Cada formulario de solicitud tiene asignado un número de referencia único, así que no serán válidas las copias del mismo.
No se aceptan en ningún caso formularios cumplimentados a mano.
Como solicitante puedes otorgar consentimiento expreso al Ministerio de Sanidad para que acceda a la comprobación automática de las siguientes situaciones, marcando la casilla indicada a tal efecto en el modelo 790:
a) Situación de desempleo.
b) Situación de discapacidad (excepto para la Comunidad Autónoma de País Vasco y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, para las que no se puede realizar esta validación).
c) Condición de familia numerosa (excepto para las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, para las que no se puede realizar esta validación).
d) Representación en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración General del Estado.
En caso de no otorgar consentimiento para el acceso a los datos descritos en el párrafo anterior o en caso de pertenecer a las áreas geográficas anteriormente exceptuadas, se deberá aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de los citados datos en los términos y plazos previstos en la orden de convocatoria.
En el caso de que una persona quiera modificar los datos de una solicitud, deberá proceder de la siguiente forma:
a) Si ha presentado su solicitud electrónicamente, deberá anular dicha solicitud y registrar una nueva solicitud en el plazo de presentación, siendo esta última la válida a efectos de registro.
b) Si ha presentado su solicitud de forma presencial, deberá registrar una nueva solicitud en el plazo de presentación, siendo esta última la válida a efectos de registro.
Al modificarse la solicitud, si se ha abonado previamente la tasa de examen y así se acredita debidamente, no deberá procederse de nuevo al abono de la tasa.
Costes asociados a la inscripción
Con carácter general, la tasa de derechos de examen será de 31,10 euros, que se ingresarán en el Tesoro Público a través de pago electrónico o mediante su abono en las entidades financieras colaboradoras.
Estarán exentas del pago de la tasa de derechos de examen:
a) Las personas víctimas de terrorismo.
b) Las personas que pertenezcan a familia numerosa clasificada en cualquier categoría.
c) Las personas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
d) Las personas en situación de desempleo.
Forma de presentación de solicitudes
a) Registro electrónico de solicitudes: Será de obligado cumplimiento para todas las personas que dispongan de un DNI/NIE.
Los sistemas de identificación admitidos para realizar la presentación de la solicitud son: Certificado electrónico reconocido de persona física o Cl@ve Permanente.
Los sistemas de firma admitidos para realizar la presentación de la solicitud son: AutoFirm@ y Cl@veFirma.
El registro de solicitud por vía electrónica conllevará el pago electrónico de la tasa de derechos de examen, que en su caso corresponda, habitualmente ronda los 30 euros.
b) Registro presencial de solicitudes: Será únicamente admitido para las personas que no dispongan de un DNI/NIE, dado que no pueden disponer de un sistema de identificación electrónico permitido en España.
Plazos de inscripción y fechas clave a tener en cuenta
Es fundamental estar atento a los plazos de inscripción para poder presentarse al PIR. Estos plazos se establecen por el organismo encargado de la convocatoria y suelen tener una duración limitada. Es importante verificar las fechas establecidas y asegurarse de realizar la inscripción dentro del periodo indicado. No se admitirán solicitudes presentadas fuera de plazo.
Habitualmente es la primera quincena de septiembre cuando está habilitada la inscripción
La relación provisional de admitidos suele ser publicada a mediados de noviembre
Las reclamaciones a las relaciones provisionales de admitidos se pueden presentar y aportar la documentación que subsane errores en un plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de dichas relaciones provisionales.
Dichas reclamaciones serán resueltas en un plazo máximo de dos meses, al aprobar las relaciones definitivas de admitidos y no admitidos.
La exhibición de las plantillas de respuestas correctas: En un plazo máximo de 5 días hábiles después de la celebración de la prueba.
Plazo de reclamaciones a las plantillas de respuestas correctas: Los tres días hábiles posteriores exhibición de las plantillas de respuestas correctas.
Publicación de las relaciones provisionales de resultados obtenidos en las pruebas: En el mes siguiente a la celebración del examen
Plazo de reclamaciones a las relaciones provisionales de resultados obtenidos en las pruebas: Cuatro días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de las relaciones provisionales de resultados.
Publicación de las relaciones definitivas de resultados obtenidos en las pruebas: En el mes siguiente a la publicación de las relaciones provisionales de resultados.
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Casos especiales y excepciones
En algunos casos particulares, pueden aplicarse requisitos especiales o excepciones a la presentación de solicitudes al PIR.
Por ejemplo, personas con discapacidad pueden requerir ajustes razonables para la realización de las pruebas.
Asimismo, las personas extranjeras es posible que tengan que presentar un certificado de español.